¿Cuáles son los tipos de violencia contra las mujeres?
• Violencia psicológica: Consiste en actos (insultos, humillaciones, muestras de celos) u omisiones (abandono, marginación) que dañan la estabilidad psicológica de una mujer: le pueden provocar depresión, aislamiento, devaluación o deseo de morir.
• Violencia fÃsica: Es el uso de la fuerza fÃsica, de un arma o de cualquier objeto para lastimar a una mujer; puede consistir en golpes, jalones, pellizcos, empujones, y otras acciones similares; puede provocar lesiones o la muerte, en algunas ocasiones no deja huella evidente.
• Violencia sexual: Es toda acción degradante o dañina para el cuerpo o la sexualidad de una mujer; por ejemplo, tocarla sin su consentimiento, forzarla a tener relaciones sexuales, decirle palabras o hacerle señas sexuales ofensivas.
• Violencia patrimonial: Consiste en actos u omisiones que afectan la supervivencia de una mujer, como la sustracción, retención, distracción o destrucción de bienes, documentos, derechos patrimoniales, o recursos económicos destinados a satisfacer sus necesidades.
• Violencia económica: Se refiere a actos que afectan las percepciones económicas de una mujer, como medidas encaminadas a impedirle la libre disposición de sus ingresos, o el pago de salarios menores que los que perciben los hombres por igual trabajo
También constituyen violencia contra las mujeres cualesquiera otros actos u omisiones que dañen su dignidad, su integridad o su libertad.
La violencia puede afectar a cualquier mujer; sin importar su edad, su escolaridad, ni su condición social o de otra índole.
• Cualquier persona que aprovecha una situación en la que tiene ventaja o poder sobre una mujer para abusar de ella o dañarla.
• El cónyuge, compañero o novio, actual o del pasado.
• Una persona de la familia; por ejemplo, familiares por consanguinidad (padre, madre, hermano, hermana, primo, prima, tÃo, tÃa, sobrina, sobrino, entre otros) o familiares o ex familiares por afinidad (cuñada, cuñado, nuera, yerno, suegra, suegro, hijastra, hijastro, hija o hijo adoptivo), entre otros.
• Una persona conocida, como una amistad, una compañera o un compañero del trabajo o de la escuela, un o una jefa, un profesor o una profesora, un médico o una médica.
• Una persona desconocida.
• Violencia familiar. Sucede en las relaciones de familia, dentro o fuera del domicilio familiar; es cometida por quien tiene o ha tenido con la mujer una relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, de matrimonio, o de concubinato, o mantiene o ha mantenido con ella una relación de hecho, con el fin de dominarla, someterla, controlarla, o agredirla fÃsica, verbal, psicológica, patrimonial, económica o sexualmente.
• Violencia laboral. Sucede en los espacios de trabajo; puede provenir de un superior jerárquico, un compañero o una compañera, o alguien subordinado a la mujer vÃctima de esta violencia; son ejemplos: la negativa a contratarla o mantenerla en el puesto aun cuando llene los requisitos requeridos y/o tenga las habilidades necesarias; el incumplimiento de sus condiciones de trabajo; la descalificación injustificada de su desempeño, las amenazas, la intimidación, las humillaciones, y la explotación, cuando se deben al hecho de que es mujer.
• Violencia docente. Es cometida en relaciones docentes, que pueden ser subordinadas o entre iguales. Está constituida por actos de discriminación en razón del sexo, pero que también pueden constituir un aprovechamiento de una desventaja debida a la edad, la condición social o la académica, las limitaciones y/o caracterÃsticas fÃsicas.
• Violencia en la comunidad. Consiste en actos individuales o colectivos que transgreden derechos fundamentales de las mujeres, las denigran, discriminan, marginan o excluyen en el ámbito público.
• Violencia institucional. Consiste en actos u omisiones de servidores públicos de cualquier orden de gobierno, que discriminan o tienen como fin dilatar, obstaculizar o impedir el ejercicio de los derechos humanos de las mujeres, asà como el disfrute de polÃticas públicas destinadas a prevenir, atender, investigar, sancionar y erradicar los diferentes tipos de violencia de género.
• Violencia feminicida. Es el conjunto de conductas misóginas que pueden conllevar impunidad social y del Estado, y culminar en la muerte violenta de mujeres.
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